miércoles, 11 de mayo de 2016

NUEVA LEY FORESTAL DEBE IMPULSAR EL DESARROLLO DE LA AMAZONIA

Las poblaciones amazónicas ancestrales, legítimos herederos de la amazonia, quienes, en muchos casos la defendieron con su vida, hoy enfrentan una lenta desaparición de etnias, con la consecuente pérdida de valiosas culturas, sin embargo, los beneficios de la explotación petrolera, se siguen trasladando a segmentos totalmente distintos a los amazónicos, condenándolos a un futuro incierto, siendo fácil comprender, la paupérrima situación socioeconómica en la que se encuentran: una convivencia obligatoria con enfermedades trasmitidas por diversos vectores, incremento de contagios con VIH, hepatitis B, pobre desempeño escolar con altos índices de ausentismo escolar, etc., etc.

Hoy es común escuchar, noticias sobre corrupción de funcionarios de alto rango, lo que explica, porque no existe preocupación por esta problemática, no existe política de respeto y atención a los pueblos indígenas. ¿Quien los defiende?, cuando se expide determinado Decreto de Urgencia, ¿quienes la cumplen?, averígüese que caudal de financiamiento se viabiliza a los pueblos indígenas en la actualidad, mejor ejemplo esta en los Decretos de Urgencia Nº 028‐2006, 085-2009 y 026-2010, que crea los Núcleos Ejecutores, que, a pesar de más de cinco años de su creación el Gobierno Regional de Loreto no ha firmado convenio con ningún núcleo ejecutor, pese a que se han presentado una centena de ellos, por otro lado existe una complacencia del Gobierno Central, que no toma medidas para que ese Decreto se ejecute como corresponde a lo Urgente.

Esto es un ejemplo de marginación y desatención, desinterés y manipulación política para dejar de lado las iniciativas de los pueblos indígenas, y existen muchas otras que este espacio quedaría corto para exponerlos, pero salta mas las cifras de ausencia de servicios básicos o nula participación en programas de viviendas por ejemplo, ya que los pocos programas se diseñan para fines políticos o partidarios, ¿a qué político le interesa desarrollar las poblaciones amazónicas?, ¡a ninguno!

En esta propuesta, se pretende equiparar en algo la desigualdad existente, de cómo, los verdaderos herederos de las riquezas naturales de la amazonia, puedan mejorar sus condiciones de vida social y económica, que el acceso a los recursos naturales, sea justo y equitativo entre todas las etnias ancestrales, a diferencia de un escenario sin condiciones de este tipo.

De no considerarse la inclusión de esquemas favorables a los pueblos indígenas, la propuesta de Ley Forestal y de Fauna Silvestre Nº 04141/2009-PE, solo distanciaría a los legítimos herederos de sus propios recursos naturales, promoviéndose más injusticias como si nada hubiese cambiado, es decir, una ley tomando como base la anterior Ley Nº 27308 ó 1090, solo agregando algunas propuestas empresariales y gubernamentales, que tienen una concepción, totalmente diferente a la de los pueblos indígenas, verdaderos protectores de la amazonia. Los artículos 77º, 78º, 79º, 80º, 81º, 82º, 83º, 84º, 85º y 86º, son tímidas soluciones, que demuestran la desigualdad, con la que se pretende tratar a los pueblos indígenas, estos artículos, carecen de profundidad y justicia, por tal motivo es imperante un cambio sustancial, en la concepción de la Ley, que refleje el verdadero sentir de los pueblos indígenas de la amazonia.

En la cuenca del nanay, existen comunidades organizadas independientes que tienen logros de mucha importancia, de lo que se han servido, para que diversas instituciones hayan recibido premios y reconocimientos, como de: “buenas prácticas gubernamentales” o “proyectos exitosos”, también; ajenos a estos premios los nanaínos, han logrado proteger su territorio, solicitando la creación de un Área de Conservación Regional, expulsar a mineros auríferos, taladores ilegales, invasores de tierras, erradicación de prácticas nocivas para la ecología y otras lacras, que, son logros exclusivos de estos actores desconocidos, por ello, es de suma importancia un espacio común, en la búsqueda de su desarrollo, los que sin esfuerzo de propuestas, no es posible, ya que los problemas arriba descritos, no son ajenos a este sector representativos de la etnias Iquito, Cocama, Bora entre otros, que son vivientes desplazados, hacia lugares mejor habitables. Por otro lado, es importante mencionar, que la cuenca del Nanay, abastece de agua potable, a alrededor de quinientas (500,000) mil personas, de la ciudad de Iquitos, pero, no existe autoridad, que se haya preocupado por protegerla, ni crear conciencia en la población circundante.

Asimismo, se viene promoviendo, la creación de nuevas áreas de conservación regional, en otras cuencas de la Región, pero, carecen de garantías jurídicas, para, que sus futuras áreas reservadas, repercutan en beneficios directos a sus poblaciones, estas áreas, constituyen excelentes pulmones de captura de carbono, y de conservación de biodiversidad. Las poblaciones indígenas, tienen en las ACRs verdaderas fuentes de protección de recursos naturales, que alcanzan intereses de preocupación mundial.

Por tal motivo, diversas comunidades, proponen a la Comisión Agraria del Congreso de la República, la inclusión de un titulo adicional en la Ley, para corregir la actual, que consideramos ajena y lesiva a nuestros derechos, que solo promueven enfoques centralistas pro capitalistas, contraviniendo una advertencia que está escrito en libro bíblico de Ezequiel: “El gobernante no tomará nada de la heredad del pueblo, despojándolo de su posesión”.

En ese sentido, proponemos la inclusión en la nueva Ley Forestal y de Fauna Silvestre Nº 04141/2009-PE, de los siguientes componentes promocionales, para desarrollar a los pueblos amazónicos, para tal efecto, se agregue, un titulo denominado Desarrollo Promocional Para Pueblos Indígenas, que comprenda, entre otros, los siguientes aspectos: Preferencia de acceso a recursos naturales; Respeto al derecho consuetudinario; Saneamiento legal del territorio indígena; Beneficios tributarios para servicios ambientales; Creación del banco forestal indígena; Planes de manejo forestal autónomos y simplificados; Derecho a fondos promocionales y la creación de la Oficina Promocional de Recursos Naturales para Pueblos Indígenas, cuyo texto se alcanzará a la Comisión Agraria para que sea tomada en cuenta.

De modo, que pretender la aprobación del proyecto arriba mencionado, sin considerar el interes de los pueblos indígenas, constituiría una aberración jurídica, que esperamos los señores congresista no lo perpetren, sino, que esta Consulta sea el inicio de una nueva forma de hacer leyes, para considerar a los pueblos indígenas, como seres humanos con derechos como cualquier peruano, en donde quiera que se encuentre, cada quien con la cultura y heredad que le corresponda.

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